Si usted o alguien cercano sufre agresiones dentro del hogar, sepa que no está sola ni solo y que la ley colombiana ofrece herramientas rápidas para detener la violencia. En esta guía le explicamos qué se considera violencia intrafamiliar, dónde denunciar y qué medidas de protección puede pedir, ya sea en Bogotá, Medellín, Cali o cualquier municipio del país.

En una emergencia llame a la Línea 123. En Bogotá también está la Línea Púrpura (018000 112 137) y a nivel nacional la Línea 155 de orientación a mujeres víctimas de violencia.

¿Qué es la violencia intrafamiliar?

Es todo daño físico, psicológico, sexual, económico o patrimonial, amenaza, agravio u ofensa causado por un miembro del grupo familiar a otro. Está regulada principalmente por la Ley 294 de 1996 (modificada por la Ley 575 de 2000 y la Ley 1257 de 2008) y es además un delito previsto en el artículo 229 del Código Penal.

Definición breve: violencia intrafamiliar es cualquier forma de maltrato entre integrantes de una familia, incluso si ya no conviven.

¿Quiénes forman el grupo familiar?

Tipos de violencia que reconoce la ley

¿Dónde denunciar?

  1. Comisaría de Familia: autoridad principal para dictar medidas de protección (fortalecida por la Ley 2126 de 2021). Atiende de forma gratuita.
  2. Fiscalía General de la Nación: para la denuncia penal por el delito de violencia intrafamiliar (salas de atención a víctimas, CAPIV, CAVIF).
  3. Policía Nacional: en flagrancia o urgencia, y como canal de recepción.
  4. Juez civil municipal o promiscuo municipal, donde no haya comisaría.

La denuncia puede presentarla la propia víctima o cualquier persona que conozca los hechos. No requiere abogado.

Medidas de protección que puede ordenar la autoridad

La Comisaría de Familia puede dictar medidas provisionales en las primeras horas y luego medidas definitivas tras una audiencia. Entre ellas:

¿Qué pasa si el agresor incumple?

El incumplimiento genera sanciones: multas, y en caso de reincidencia, arresto. Además, desobedecer la medida puede configurar un delito adicional. Informe de inmediato cualquier incumplimiento a la comisaría o a la Policía.

Derechos de la víctima

La Ley 1257 de 2008 reconoce a las mujeres víctimas, entre otros, el derecho a:

Pruebas útiles

Aunque la autoridad debe actuar con base en el relato de la víctima, ayudan: fotografías de lesiones, dictamen de Medicina Legal, mensajes y audios de amenazas, testigos, historias clínicas y antecedentes de denuncias.

Preguntas frecuentes

¿Puedo retirar la denuncia penal?
El delito de violencia intrafamiliar no es querellable, por lo que la Fiscalía puede continuar la investigación aunque la víctima desista.

¿Si ya no vivo con mi expareja, aplica la ley?
Sí. La protección cubre a excónyuges y excompañeros permanentes.

¿Cuánto se demora una medida de protección?
Las medidas provisionales pueden dictarse en las primeras horas tras la solicitud cuando hay riesgo.

¿Necesito pagar algo?
No. Los trámites ante comisaría, Fiscalía y Medicina Legal son gratuitos.

¿Qué pasa con mis hijos?
La comisaría puede definir provisionalmente custodia, visitas y alimentos para proteger a los niños.

Acompañamiento legal con enfoque humano

En Henry Espinosa Abogados acompañamos a víctimas en la solicitud de medidas de protección, la denuncia penal y los procesos de familia relacionados, con total confidencialidad. Contáctenos aquí.

Aviso legal: este artículo tiene fines exclusivamente informativos y no constituye asesoría jurídica. Cada caso requiere un análisis particular por parte de un abogado.

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